03- ¿Cómo actuar cuando se produce?

Evidentemente, nuestra forma de actuar en el caso de sufrir un Accidente in itinere dependerá de la gravedad del suceso y, por lo tanto, de las consecuencias que haya podido tener este suceso para nuestra integridad física o psíquica.
Si somos capaces de ello, cuando hayamos sufrido un Accidente de Trabajo in itinere, debemos comunicarlo a la empresa, para que ésta lo notifique a la mutua de accidentes de trabajo. Desde Prevención nos indicarán el centro asistencial de la Mutua de accidentes más cercano y procederán a tramitar el "Volante de solicitud de asistencia”
Si acudimos al centro asistencial de la mutua de accidentes de trabajo que tenemos asignado, en el momento de facilitar nuestros datos, indicaremos la naturaleza del accidente y, en caso de haberlo hecho, señalar que hemos avisado a la empresa de que el accidente es in itinere.
Si el accidente es grave y el servicio médico de emergencias nos derivara a un centro hospitalario público, no debemos preocuparnos, tendremos que hacer constar, si somos capaces, que el accidente ha sido in itinere; la mutua de accidentes de trabajo contactará con el hospital para hacerse cargo de los gastos y trasladarnos a un centro hospitalario de la mutua, siempre que médicamente resulte posible, para poder continuar con la recuperación.
Si tuviéramos la cobertura de una póliza de seguros de accidentes o cobertura médica particular, los trámites deberán ser paralelos al accidente de trabajo; no obstante, la atención médica debería de llevarla a cabo la mutua de accidentes de trabajo.
No deberemos acudir directamente a un centro de atención primaria del servicio público de salud para que nos examinen y consideren una baja por accidente, puesto que debe ser la mutua de accidentes de trabajo la que aporte la prestación económica y médica que fuera precisa. La Mutua gestionará las cuestiones médicas y las económicas, le corresponde dar la baja y el alta; una vez concluida la asistencia sanitaria, la Mutua podrá emitir o bien un "Parte de baja por contingencias profesionales", o bien un "Parte de asistencia sin baja".
Como en los accidentes in itinere, en el caso de los accidentes en misión, los que se producen en desplazamientos encomendados por la empresa, nuestra forma de actuar dependerá de la gravedad de las consecuencias del accidente, pero si estamos conscientes, actuaremos como en el supuesto de los in itinere indicando que se trata de un Accidente en Misión.
Si el accidente se produjera fuera del territorio español, informaremos, siempre que sea posible, a la empresa y a la mutua, advertiremos de ello a los centros médicos y hospitalarios del país donde nos encontremos, puesto que existen convenios de asistencia.
Debemos tener presente que es importante aportar estas indicaciones, para que el accidente sea calificado como Accidente de Trabajo de Tráfico, bien in intinere o bien en misión. De esta manera, no habrá problemas para acceder al correspondiente subsidio por accidente y, no menos importante, para incorporarlo a las estadísticas, que permitirán a las empresas mejorar sus planes de movilidad.
En este tipo de accidentes, es el trabajador quien debe demostrar que se trata de un Accidente de Trabajo in itinere. La práctica de la prueba tiene una importancia trascendental para poder demostrar que se da la conexión o nexo causal necesario entre lesión y trabajo y que, por lo tanto, están presentes los factores necesarios para dicha consideración.
Es importante que un accidente de trabajo sea considerado como tal porque, en caso de necesitar medicación, tratamiento y/o rehabilitación, la mutua se hará cargo de los gastos; si hubiera secuelas, la mutua deberá seguir haciéndose cargo de los daños y de la rehabilitación que fuera precisa; y porque en caso de que tras el accidente quede limitada la capacidad de poder trabajar, se tendrá derecho a una indemnización.
